Institucional

UEPC firmó una nueva acta laboral sobre el régimen de incompatibilidad

Publicado el: 11-05-2015

El día jueves 7 de mayo representantes de nuestro gremio firmaron una nueva acta laboral con el Ministerio de Educación de la Provincia a partir de la cual se acuerda un mecanismo administrativo que permitirá la ampliación del régimen de incompatibilidad hasta 36 horas, para casos puntuales de docentes que se encuentren en situación de revista interinos.

Como se sabe, el régimen general de incompatibilidad para la docencia de nivel medio y superior establece las 30 horas cátedras como tope máximo. No obstante, también es conocido que muchos docentes en algunas situaciones de hecho asumen mayor carga horaria que la mencionada a través de otros mecanismos.

Asimismo, con la sanción de la Ley Nº 9822/2010 se autoriza la extensión hasta 36 horas semanales ese máximo; para situaciones particulares vía reglamentaria con participación del gremio. Mediante acuerdos de la Comisión de Política Laboral y Salarial Docente se incorporaron los casos de docentes interinos designados por artículo 43, Consejero Institucional en nivel superior o cargos específicos en modalidad especial.

La UEPC a los fines de regular sobre situaciones existentes en la realidad escolar de nuestra provincia y, al mismo tiempo, resguardar los derechos de los compañeros docentes involucrados, ha subscripto la mencionada Acta Acuerdo, que permitirá extender hasta 36 horas el tope laboral en los siguientes casos: 

-Docentes que posean horas cátedras en condición de interinos en la asignatura Formación en Ambiente de Trabajo (F.A.T) en la estructura curricular de los sextos y séptimos años del Nivel Secundario de la Modalidad Técnica;

-Docentes que se desempeñan en cargos u horas cátedra en condición de interinos en el Programa Avanzado de Educación Secundaria en Tecnologías de la Información y la Comunicación;

-Docentes que se desempeñan en cargos docentes directivos y no directivos, dedicaciones simples y/o semi-exclusivas y horas cátedra de la Universidad Provincial de Córdoba.

-Docentes que accedan en condición de interinos a cargos y/u horas cátedra en Programas o Proyectos Educativos en los distintos Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial.

Además, se podrá pedir Licencia por mayor desarrollo profesional, solo para los casos puntuales arriba detallados, asumiendo horas o cargos en situación de revista interinos; resguardando aquellos que se posean en condición de titular.
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