Institucional

Más novedades sobre el certificado del Registro Provincial de Personas condenadas por delitos sexuales

Publicado el: 22-02-2016

La UEPC informa que ante la solicitud a los docentes de establecimientos educativos - de gestión estatal y gestión privada -, de presentar el certificado que acredite no estar inscripto en el Registro Provincial de Personas condenadas por delitos contra la integridad sexual, ha realizado las gestiones ante el Ministerio de Educación de la Provincia y la Secretaría General de la Gobernación a los fines de aclarar la situación de los mismos.

En este sentido, y luego de las acciones llevadas a adelante por el sindicato, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia convalidó la presentación realizada por UEPC por la que se excluye del pago de la tasa contributiva para obtener el certificado de delitos sexuales a los docentes de las escuelas públicas estatales, según consta en el Memorando N°01/16 de fecha 18 de febrero de 2016

En cuanto a la presentación del Certificado, sólo deben presentarlo en las escuelas públicas de gestión estattal de todos los niveles y situaciones de revista - titular, interino, suplente- aquellos docentes que ingresen al sistema educativo. El resto de los docentes del ámbito estatal, que al 31 de diciembre del 2015 tenían vínculo laboral, no realizarán la gestión hasta nuevas directivas de la autoridad educativa.

Quienes ingresaron o ingresen en el periodo que cursa entre el 15 al 29 de febrero, tendrán hasta el 15 de marzo para presentar el certificado. En el caso de aquellos docentes que ingresaren por primera vez, en cualquier etapa del ciclo lectivo deberán abonar la tasa y tendrán 15 días para presentar el certificado.

Vale destacar que sólo se cargará el MAB ante la presentación del mencionado certificado; pero dicha carga se hará retroactiva a la fecha de la toma de posesión del cargo u horas cátedra.

Docentes de Colegios de Gestión Privada:
Atendiendo la naturaleza del vínculo laboral con un particular, según la ley N°6006, los docentes de colegios de gestión privada no están excluidos del pago de la tasa; y el mecanismo de presentación del certificado en cuestión será motivo de tratamiento entre el gremio, el Ministerio de Educación y las entidades propietarias de colegios de gestión privada.
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