Se accede a la categoría de docente en pasividad por la disminución o pérdida de las aptitudes para la docencia activa.
Pueden ser:
PROVISORIAS.
PERMANENTES.
Modos de solicitarla:
De oficio.
Por solicitud de la Junta de Salud/Administrativa.
Tareas Pasivas provisorias: no podrán exceder de dos años continuos o discontinuos.
Tareas Pasivas permanentes: si la pérdida o disminución de las aptitudes permanece se dispondrá el pase a tareas pasivas permanentes.
El docente cuya antigüedad fuere menor de 20 años frente al aula, pierde el estado docente y podrá ser reubicado según las demandas de las distintas jurisdicciones.
Los docentes de colegios de gestión privada pueden acceder a las TAREAS PASIVAS.
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