TRASLADOS INMEDIATOS Y TRANSITORIOS POR RAZONES DE SALUD
Resolución Nº 1510/2015
- Deroga la Resolución Nº 520/2007, dejando sin efecto el llamado "cambio de ámbito laboral".
- El/la docente titular de establecimientos de gestión pública puede solicitar el traslado inmediato y transitorio por razones de salud si el ámbito de trabajo donde se desempeña constituye el origen o la causal de agravamiento diagnosticado de su salud.
- La Dirección de Salud en el Trabajo es el órgano encargado de emitir el dictamen hacia la Dirección de Nivel y/o Modalidad a la cual pertenece el agente, en caso de ser considerado.
- El traslado inmediato y transitorio por razones de salud podrá otorgarse hasta un máximo de 2 años continuos. Superado este periodo la Dirección de Medicina del Trabajo dictaminará si se reintegra a sus tareas habituales o reviste en la categoría de docente con tareas pasivas transitorias.
- El/la docente que se encuentra en situación de traslado inmediato y transitorio por razones de salud, obligatoriamente deberá solicitar, mediante nota dirigida a la Dirección de Salud en el Trabajo, que se le constituya una Junta Médica de Control, para resolver o no la continuidad de la misma. Deberá acompañarla con copia del informe certificado por su médico particular.
- Una vez dispuesto el traslado deberá iniciarse el trámite para el Traslado Definitivo.
- Solamente puede reintegrarse a su ámbito originario de labor con el dictamen de la Dirección de salud en el trabajo.