Secundaria y Modalidades Educativas

Aclaraciones sobre el Memo 02/2020 para la Dirección de Jóvenes y Adultos

Publicado el: 14-08-2020

A raíz de la publicación de algunas consideraciones de la Dirección de Jóvenes y Adultos para la implementación del Memo 02/2020, creemos conveniente compartir un resumen del mismo:

Podrán cubrirse Horas Cátedra vacantes cualquiera sea su causa origen :

a. En Disciplinas/asignaturas de los Terceros Años de la Presencialidad, donde hubiere divisiones únicas. En los casos de dos o más divisiones, o en situaciones de división flotante, se deberá consultar con la Inspección de Zona.

b. Áreas o disciplinas en Tutorías de Sedes de Educación Semipresencial a Distancia, donde estén activos estudiantes del Plan C.

Las vacantes NO SE PUBLICAN.

Las designaciones serán hechas por los directivos (interinos o suplentes), con terminalidad el último día hábil del mes de febrero de 2021. Para :

A -Profesores inscriptos en la LOM del Establecimiento con título docente que pertenecen al mismo Centro Educativo.

B -Profesores que están inscriptos en la LOM del Establecimiento con título docente y que no pertenecen a la institución.

C - Profesores inscriptos en la LOM del Establecimiento con títulos habilitantes y/o supletorios y que se desempeñen en la misma la institución.

D - Profesores inscriptos en la LOM del Establecimiento con títulos habilitantes y/o supletorios que no pertenecen a la institución.

· Los profesores propuestos deberán estar adecuados al Régimen de Incompatibilidad vigente. ( 30/31 Horas Cátedra) ; el máximo de treinta y seis (36) horas semanales no es de aplicación en esta excepcionalidad.

· La dificultad de contacto virtual, no debe demorar las designaciones.

Hemos transcrito los párrafos, más significativos, de la nota de la DGEJyA

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