Fecha: 04/06/2020

Acuerdo Paritario Nacional

Reconocer como TRABAJO DOCENTE EN CONTEXTO VIRTUAL o NO PRESENCIAL al que se lleva a cabo desde el domicilio de los/as trabajadores/as o desde otro ámbito sin la presencia de alumnas y alumnas, hasta tanto se  disponga el restablecimiento de las actividades presenciales en las instituciones educativas-  Los y las docentes llevarán a cabo sus actividades bajo el criterio organizador de respetar un tiempo laboral  equivalente a la carga horaria que determina el cargo y/u hora cátedra por el que han sido designados/as, sin tener que sobrecargarla en virtud de la excepcionalidad del formato de trabajo pedagógico que imponen las circunstancias actuales.- El Ministerio de Educación de la Nación sostendrá las acciones de formación docente en servicio y gratuita para el trabajo virtual durante este período, con la participación de las organizaciones sindicales.

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