Las vacantes interinas son:
● Cargo coordinador de curso (13215).
● Horas cátedra de asignaturas del Programa de Educación a Distancia.
● Horas cátedra de F.A.T
Para la cobertura de horas cátedra de carácter Interino se deberá proceder de la siguiente forma y teniendo en cuenta lo dispuesto por Resolución de la D.G.E.Sec. N° 0793/17:
A. Se publica por 03 (tres) días hábiles en la Página WEB del Gobierno y en el Establecimiento Educativo simultáneamente -se informa que la publicación tiene vigencia desde el momento que aparece en Pág. WEB indefectiblemente-.
B. Durante la publicación y hasta el cuarto día, en la 1ª hora hábil del turno del Nivel en que funciona el Establecimiento Educativo, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de TODOS los aspirantes.
● De no cubrirse en ninguna de estas instancias se procederá a cubrir conforme al Art. 43 del Decreto Ley 214/E/63 y su modificatoria 9822; en este caso el interinato se interrumpirá el último día hábil del mes de febrero del año siguiente.
● El procedimiento administrativo para la cobertura y selección de Coordinadores de Curso se especifica en el memorándum n° 002/13 de la D.G.E.Sec. y D.G.E.T. y F.P. y para la cobertura de las horas cátedra de F.A.T., en Resolución de la D.G.E.T. y F.P. N° 01/2015.
Nota
● Los interinatos de los cargos directivos, Coordinadores de Curso, Ascensos Escalafonarios, Cargos No Iniciales del escalafón docente de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 50 del Dcto. Ley 214/e/63 no cesan en sus funciones el último día hábil del mes de febrero del año siguiente.
● Las horas cátedras interinas, asignadas para cumplir funciones de Coordinador/a de Anexo, Extensión Áulica o Sedes de la Modalidad Jóvenes y Adultos, no cesan el último día del mes de febrero.
Recordar
● Para la Cobertura de la vacante se debe confeccionar el formulario “ofrecimiento de cobertura”