SECRETARÍA DE NIVEL SECUNDARIO Y MODALIDADES EDUCATIVAS

Secretaría de Nivel Secundario y Modalidades Educativas

CONVOCATORIA PARA CARGOS DIRECTIVOS INTERINOS Y SUPLENTES



Para la cobertura de cargos directivos de carácter Interino o Suplente se procederá de la siguiente manera:

Para la cobertura de la vacante de Director, corresponde tener presente lo dispuesto por el art. 46 de la ley 9822 (modif. del Decreto Ley 214/E/63) y los arts. 4, 5 y 6 del Decreto 1845/03. Tener en cuenta el ascenso escalafonario, previo a la publicación.

En caso de no poder cubrir el cargo por ascenso escalafonario, proceder, al igual que para la cobertura del cargo de Vicedirector, de la siguiente manera:

A. Se publica por 03 (tres) días hábiles en la Página WEB del Gobierno y en el Establecimiento Educativo simultáneamente. -se informa que la publicación tiene vigencia desde el momento que aparece en Pág. WEB indefectiblemente.

B. Durante la publicación y hasta el cuarto día, en la 1ª hora hábil del turno del Nivel en que funciona el Establecimiento Educativo, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de TODOS los aspirantes.

C. Se cubre según el siguiente orden de prelación:

● Primero con los docentes que hayan solicitado traslado, que se encuentren en la L.O.M. de traslados, y que el mismo corresponda a igual o menor categoría del cargo que quiera trasladar, manteniendo su carácter de titular. (sólo para vacantes puras)

● Segundo con los docentes, que se encuentran inscriptos en la L.O.M. para cargos directivos del establecimiento (para cargos interinos o suplentes).

● En caso de paridad de puntaje (incluso con puntaje 0), proceder de acuerdo a lo dispuesto en Art. 9° del Decreto 1845/03

Para el caso de los Directores y Vicedirectores que aspiren a traslado, sólo podrán solicitarlo para la Dirección de Nivel / Modalidad a la cual pertenece el cargo: D.G.E. Sec, D.G.E.T. y F.P.; D.G.E.J.y.A; D.G.E.E.y H.; D.G.E.S.

INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA LOS DOCENTES QUE ASPIREN A CUBRIR CARGOS DIRECTIVOS

● Estar muy atento a la publicación de vacantes. (www.cba.gov.ar)

● Exigir una constancia de la Inscripción.

● Controlar el puntaje asignado y notificarse de la L.O.M.

● Efectuar los reclamos si se producen irregularidades. (Tener en cuenta los plazos: 5 días hábiles para presentar el Recurso de Reconsideración)

Importante:

● Para la cobertura del cargo de Director/a, el orden de prioridad es:
1. Ascenso Escalafonario
2. Lista de Orden de Mérito
3. Precariato

● Para la cobertura de cargos de Vicedirector solamente opera la Lista de Orden de Mérito (LOM).


Grafico 5



PRIMERA CONVOCATORIA PARA AUTORIDADESSEGUNDA CONVOCATORIA PARA AUTORIDADESCONVOCATORIA ÚNICA PARA INTERINATOSCONVOCATORIA ÚNICA PARA SUPLENCIAS CONVOCATORIA ÚNICA PARA CARGOS DIRECTIVOS, INTERINOS Y SUPLENTESCONVOCATORIA PARA CARGOS JERÁRQUICOS TITULARES, INTERINOS Y SUPLENTES